Justicia medio ambiental ecológica
Origen: Del lat. iustitĭa, del gr. οίκος, λóγος
Un principio que enlace justicia social con calidad ambiental, que se debe al ecosistema. El derecho de cada componente de un ecosistema para ser libre de la explotación humana y de ser libre de la destrucción, discriminación y la extinción. Un principio que lidia con solidaridad en la creación para asegurar suficiencia en la prohibición para el vertido de desechos industriales tóxicos y venenosos, tales como los desechos nucleares que amenazan los derechos de acceso al aire, tierra, agua y comida limpios.
Inglés: Ecologically/Environmental justice
Fuentes y referencias
- Macer, Darryl ,“UNESCO Bioethics Dictionary”citado 37 veces
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